EL ESTADO SOCIAL DE DERECHO.
LA DEMOCRACIA DE LOS PARTIDOS.
La democracia permite la participación de todos los ciudadanos en la definición del Estado, mediante el ejercicio de su soberanía, a través de: el voto, el plebiscito, el referendo, la consulta popular, el cabildo abierto, la iniciativa legislativa y la revocatoria del mandato. Formas de participación que se reglamentan por medio de la ley, a nivel central, regional y local, con extensión a los grupos étnicos.
Los nacionales (ciudadanos con la debida nacionalidad) tienen derecho a crear organizar y dirigir partidos o movimientos políticos con la libertad de hacer fusiones, de afiliarse y retirarse cuando lo deseen. Para el ejercicio y cumplimiento de este derecho se crea una organización electoral que se encarga de reconocer la personería jurídica correspondiente, una vez cumplan con los requerimientos establecidos en la Constitución y en la ley, que también definirá la financiación por parte del Estado, los montos individuales y de las organizaciones privadas, rendir cuentas del origen y destino de los recursos de cada campaña.
Los partidos y los movimientos políticos de las minorías podrán ejercer oposición, para lo cual deben contar con un estatuto que les defina las condiciones y normas a seguir.
domingo, 21 de diciembre de 2008
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